Inscripciones en Registro de la Propiedad y Catastro
Abogado de Servicios Inmobiliarios en la Axarquía
Abogado Especialista en Inscripciones en Registro de la Propiedad y Catastro
El correcto registro e inscripción de nuestras propiedades, tanto en el Registro de la Propiedad como en el Catastro Inmobiliario, así como la coordinación entre ambos, supone un seguro de cara a evitar eventuales problemas y maximizar su valor de mercado.
Por lo que respecta al Registro de la Propiedad, resulta una auténtica garantía de la propiedad precisamente. Se presume legalmente que los derechos allí inscritos a nuestro favor nos pertenecen en la forma en que allí se detalla. Igualmente, cualquier tercera persona que consulte los datos del Registro, puede tener la seguridad de que lo que allí figura es exacto a la fecha de la consulta.
A la hora de la verdad, cualquier comprador informado requerirá que aquella vivienda, finca o local que vaya comprar se encuentre inscrita en el Registro dado que, de otro modo, no podrá tener ninguna garantía de que, por ejemplo, la persona que se lo vende es realmente su propietario. También lo exigirán los bancos y entidades de crédito, pues se precisa la inscripción en el Registro para obtener un préstamo hipotecario sobre un bien en concreto.
En cuanto al Catastro Inmobiliario, el mismo cobra cada vez más importancia desde que la normativa posibilita y en muchas ocasiones exige, su coordinación con el Registro de la Propiedad. En el Catastro se encuentra una representación gráfica y descriptiva de nuestra propiedad sobre el plano, con sus linderos y colindantes. Se refleja igualmente el valor catastral de la propiedad, valor que se usará por lo general para calcular el valor fiscal, es decir, la cantidad mínima sobre la cual tendremos que pagar impuestos en caso de venta, alquiler, herencia o donación.
De ahí que sea altamente recomendable comprobar que tanto la superficie como el uso previsto de la propiedad en el Catastro Inmobiliario. coincida con la realidad, así como que todo ello se encuentre correctamente coordinado con el Registro de la Propiedad.
De ahí que sea altamente recomendable comprobar que tanto la superficie como el uso previsto de la propiedad en el Catastro Inmobiliario. coincida con la realidad, así como que todo ello se encuentre correctamente coordinado con el Registro de la Propiedad.
En definitiva, una correcta inscripción de nuestros bienes en el Catastro y el Registro y una adecuada coordinación entre los datos que figuran en ambos, no solo maximizará el valor de nuestra propiedad, sino que nos protegerá frente a terceros que quieran perturbarla y simplificará notablemente los trámites a llevar a cabo en caso de una eventual venta o herencia.
Recuerde no obstante que cada caso es un mundo y que resulta imprescindible consultar a su abogado sobre el suyo en concreto.