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Profesionales y empresas · Conflictos laborales

Conflictos con trabajadores y despido disciplinario en la Axarquía

Si tienes un problema con un trabajador, te ayudo a encararlo de la mejor manera desde el primer momento. Estudio los motivos, las opciones que tienes y lo que cuesta cada una, y apuesto por negociar cuando es posible. Si no hay acuerdo, preparo la sanción o el despido con rigor y defiendo a tu empresa en la conciliación y en el juicio.

  • 4,8 · +50 opiniones en Google
  • Colegiado nº 8.108 ICA Málaga
  • +10 años de experiencia
Despacho con documentación laboral y una carta de despido sobre la mesa, sin personas

Qué incluye

Lo que hago por ti

  • Análisis del conflicto

    Estudio qué ha pasado, qué pruebas tienes y qué dice el contrato y el convenio, antes de que tomes ninguna decisión.

  • Cálculo de costes y riesgos

    Te explico qué podría costarte cada opción, desde un acuerdo hasta un despido declarado improcedente.

  • Negociación y mediación

    Me reúno con el trabajador o con su abogado para buscar una salida pactada que evite el juicio.

  • Sanciones disciplinarias

    Redacto amonestaciones y sanciones ajustadas a las faltas del convenio y a los plazos legales.

  • Cartas de despido

    Preparo la carta de despido disciplinario con los hechos concretos y los requisitos de forma que exige la ley.

  • Conciliación y juicio

    Represento a tu empresa en el acto de conciliación previa y, si no hay acuerdo, ante el Juzgado de lo Social.

  • Requerimientos de la Inspección

    Te asesoro si la Inspección de Trabajo te pide documentación o te visita a raíz de una denuncia.

¿Te reconoces?

Situaciones en las que te puedo ayudar

Cuéntame tu caso
  • Un trabajador llega tarde una y otra vez o falta sin justificar y no sabes cómo actuar.
  • Has descubierto que un empleado se ha quedado con dinero de la caja o ha trabajado para la competencia.
  • Te ha llegado una papeleta de conciliación porque un extrabajador reclama horas extra o diferencias de salario.
  • Quieres despedir a alguien y te preocupa que el despido acabe siendo improcedente o nulo.
  • Un trabajador te ha enviado un burofax a través de su abogado y no sabes qué contestar.
  • Tienes un mal ambiente en el equipo y temes que acabe en una denuncia.

Cómo trabajo

Paso a paso, sin sorpresas

  1. Consulta inicialMe cuentas el problema y me envías el contrato, las nóminas y lo que tengas por escrito. Online, por videollamada o en persona.
  2. Estrategia y costesTe propongo las opciones posibles, con sus consecuencias, para que decidas con datos.
  3. NegociaciónIntento cerrar un acuerdo con el trabajador o su abogado, dejando todo bien documentado.
  4. DefensaSi no hay acuerdo, preparo la sanción o el despido y defiendo a tu empresa en conciliación y en juicio.

Antes de sancionar o despedir

Las relaciones humanas son una fuente de alegrías, pero también de conflictos. Las laborales no son distintas. Elegir bien a cada persona, cuidar la relación y contar con un buen contrato reduce mucho los problemas, pero no los evita del todo. Cuando aparecen, lo que hagas en los primeros días suele marcar el resultado.

Antes de mover ficha conviene tener en cuenta tres cosas:

  • Las pruebas. Lo que no puedas acreditar en un juicio, como testigos, documentos, registros o mensajes, difícilmente justificará una sanción o un despido.
  • El convenio colectivo. Suele clasificar las faltas en leves, graves y muy graves y fijar la sanción de cada una. La ley prohíbe algunas, como multar al trabajador descontándole sueldo o reducirle las vacaciones.
  • Los plazos. Las faltas prescriben, es decir, la empresa pierde la posibilidad de sancionarlas si deja pasar el tiempo que marca el artículo 60 del Estatuto de los Trabajadores desde que tiene conocimiento de ellas. Esperar demasiado puede dejar sin efecto una sanción justificada.

El despido disciplinario: el fondo y la forma

El despido disciplinario es el que decide la empresa por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. El artículo 54 del Estatuto enumera las causas: faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, abuso de confianza, disminución continuada y voluntaria del rendimiento, embriaguez o toxicomanía que repercutan en el trabajo, y acoso, entre otras.

La forma es tan importante como el fondo. El despido debe comunicarse por escrito en una carta que explique los hechos con detalle y la fecha en que tiene efecto. Si el trabajador es representante de la plantilla, hay que abrir antes un expediente contradictorio, es decir, darle la oportunidad de defenderse. Si está afiliado a un sindicato y la empresa lo sabe, hay que oír antes a los delegados sindicales.

Después, si el trabajador lo impugna, un juez puede calificar el despido de tres formas:

  • Procedente: se acreditan los hechos y se cumplió la forma. El despido se mantiene sin indemnización.
  • Improcedente: no se prueban los hechos o falla la forma. En general, la empresa elige entre readmitir al trabajador o pagarle la indemnización legal, que depende de su antigüedad y su salario.
  • Nulo: si vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones especialmente protegidas, como el embarazo o ciertos permisos. Obliga a readmitir y a pagar los salarios dejados de percibir.

Cuando es el trabajador quien reclama

El trabajador despedido tiene un plazo de veinte días hábiles para impugnar el despido. Antes de ir al juzgado, en la mayoría de los casos debe presentar una papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente, que en Andalucía depende de la Junta. Ese acto es una buena ocasión para llegar a un acuerdo con seguridad jurídica.

Otros conflictos frecuentes son las reclamaciones de horas extra o de diferencias salariales, los cambios de horario o de funciones, las bajas médicas o las quejas por acoso. En todos ellos recomiendo apostar por la mediación y la negociación, pero estando preparados para cualquier escenario, desde la primera reunión con el abogado del trabajador hasta el juicio.

La mejor forma de reducir conflictos es empezar bien. Revisa cómo planteo los contratos con trabajadores, o explícame tu caso en una videollamada.

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Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan

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¿Qué tiene que poner una carta de despido disciplinario?

Debe recoger por escrito los hechos que motivan el despido, con detalle suficiente para que el trabajador sepa de qué se le acusa y pueda defenderse, y la fecha en que el despido tiene efecto. Una carta genérica o imprecisa es uno de los motivos más frecuentes de despidos declarados improcedentes. Conviene revisarla antes de entregarla.

¿Cuánto me puede costar un despido improcedente?

Depende de la antigüedad del trabajador, de su salario y de la fecha de inicio del contrato, porque la ley calcula la indemnización con esos datos y fija topes. En algunos casos puede haber además salarios de tramitación. Antes de despedir, te hago el cálculo concreto para que sepas a qué te expones y si compensa negociar.

¿Cuánto tiempo tiene el trabajador para reclamar un despido?

Tiene veinte días hábiles desde que el despido tiene efecto. En ese plazo no cuentan los sábados, domingos ni festivos. Primero suele presentar una papeleta de conciliación ante el servicio administrativo de la Junta de Andalucía y, si no hay acuerdo, la demanda ante el Juzgado de lo Social.

¿Puedo sancionar a un trabajador por una falta de hace meses?

Depende de la gravedad. Las faltas prescriben en plazos distintos según sean leves, graves o muy graves, contados desde que la empresa tiene conocimiento de ellas, con un límite máximo desde que se cometieron. Si dejas pasar el plazo, la sanción no será válida aunque la falta fuera real. Por eso conviene actuar rápido.

¿Es mejor negociar un acuerdo que ir a juicio?

Muchas veces sí, porque ahorra tiempo, costes e incertidumbre. Pero no siempre. Depende de las pruebas que tengas, de lo que pida el trabajador y del riesgo real de perder. Te explico las opciones con números para que decidas tú. Si se llega a un acuerdo, lo documento para que cierre el conflicto.

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