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Particulares · Residencia de ciudadanos comunitarios

Certificado de registro de ciudadano de la Unión y residencia en la Axarquía

Si eres ciudadano de la Unión Europea y quieres vivir en España más de tres meses, tienes que inscribirte en el Registro Central de Extranjeros y obtener el certificado de registro. Te digo qué requisitos cumples, preparo la documentación y te acompaño en los trámites para que solo tengas que preocuparte de instalarte.

  • 4,8 · +50 opiniones en Google
  • Colegiado nº 8.108 ICA Málaga
  • +10 años de experiencia
Pasaporte europeo y documentos de solicitud sobre una mesa, con una vista de la costa de la Axarquía al fondo

Qué incluye

Lo que hago por ti

  • Estudio previo de tu situación

    Veo en qué supuesto encajas (trabajo, recursos propios, estudios o familia) y qué documentos necesitas.

  • Certificado de registro y NIE

    Preparo la solicitud del certificado de registro de ciudadano de la Unión, que incluye tu NIE.

  • Empadronamiento

    Te oriento en el alta en el padrón del ayuntamiento donde vas a vivir.

  • Seguro médico y sanidad

    Te explico qué cobertura sanitaria necesitas y las opciones para acceder a la sanidad pública.

  • Familiares no comunitarios

    Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión para tu cónyuge, pareja registrada o hijos.

  • Residencia permanente

    Solicitud del certificado de residencia permanente cuando llevas cinco años viviendo en España.

  • Planificación fiscal de tu llegada

    Antes de dar el paso, te explico cuándo pasarás a ser residente fiscal en España y qué supone.

  • Atención en inglés

    Te explico cada trámite en español o en inglés.

¿Te reconoces?

Situaciones en las que te puedo ayudar

Cuéntame tu caso
  • Te jubilas y quieres pasar todo el año en Nerja o en Torrox.
  • Vas a trabajar en España, por cuenta ajena o como autónomo.
  • Tu pareja no tiene nacionalidad de un país de la Unión y quiere vivir contigo aquí.
  • Llevas cinco años en España y quieres la residencia permanente.
  • Has comprado una casa en la Axarquía y no sabes si tienes que declarar la renta aquí.

Cómo trabajo

Paso a paso, sin sorpresas

  1. Estudio de tu casoEn una consulta online, por videollamada o presencial, vemos tu situación y los requisitos que te piden.
  2. DocumentaciónTe digo qué documentos reunir y en qué formato, y reviso que estén completos antes de presentarlos.
  3. PresentaciónTe acompaño en la cita y en la presentación de la solicitud ante la oficina competente.
  4. Después del registroReviso contigo tus obligaciones fiscales y los trámites pendientes, como el padrón o la sanidad.

Libertad de residencia, pero con trámites

Los ciudadanos de la Unión Europea, de los países del Espacio Económico Europeo y de Suiza tienen libertad de movimiento y residencia en España. Eso no significa que basta con llegar e instalarse. Si quieres establecerte aquí de forma más o menos permanente, hay trámites administrativos que cumplir.

Lo regula el Real Decreto 240/2007. Puedes estar en España hasta tres meses solo con tu pasaporte o documento de identidad. Si vas a quedarte más tiempo, tienes que solicitar tu inscripción en el Registro Central de Extranjeros en el plazo de tres meses desde tu llegada. Al inscribirte recibes el certificado de registro de ciudadano de la Unión, en el que figura tu NIE, el número de identificación de extranjero.

Para los ciudadanos comunitarios no se trata de pedir una autorización de residencia, como ocurre con los extranjeros de otros países, sino de registrarse acreditando que cumples alguno de estos requisitos:

  • Trabajar en España por cuenta ajena o como autónomo.
  • Tener recursos económicos suficientes para ti y tu familia y un seguro de enfermedad con cobertura completa en España.
  • Estar matriculado en un centro de estudios, con seguro de enfermedad y recursos suficientes.
  • Ser familiar de un ciudadano de la Unión que cumpla alguno de los requisitos anteriores.

Los familiares que no son ciudadanos de la Unión no reciben el certificado, sino una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Después de cinco años de residencia legal y continuada, puedes obtener la residencia permanente.

Sanidad: seguro privado o convenio especial

Si no trabajas en España ni recibes una pensión de otro país de la Unión que te dé derecho a asistencia sanitaria aquí, tendrás que acreditar un seguro de enfermedad. Lo habitual al llegar es contratar un seguro privado con cobertura completa. Pasado un tiempo de empadronamiento, también puede suscribirse un convenio especial con el sistema público de salud, pagando una cuota mensual.

Residencia administrativa y residencia fiscal no son lo mismo

Tener el certificado de registro no te convierte automáticamente en residente fiscal, ni no tenerlo te libra de serlo. Según la Ley del IRPF, eres residente fiscal en España si pasas aquí más de 183 días en el año natural o si aquí está el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos. Como residente fiscal, declaras en España la renta que obtienes en todo el mundo, y pueden afectarte otras obligaciones, como informar de bienes en el extranjero o el impuesto sobre el patrimonio.

Por eso conviene planificar bien antes de dar el paso: el momento de la mudanza, la venta de bienes en tu país o el cobro de una pensión pueden tener consecuencias fiscales distintas. Si además tienes o vas a comprar una vivienda aquí, conviene pensar en tu testamento. Lo explico en herencias, sucesiones y donaciones.

Si quieres empezar, puedes contarme tu caso en la consulta online o por videollamada.

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Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan

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Si tu duda no está aquí, escríbeme o llámame.

¿El NIE y el certificado de registro son lo mismo?

No exactamente. El NIE es tu número de identificación como extranjero en España. El certificado de registro acredita que estás inscrito como residente comunitario, y en él figura tu NIE. Puedes tener NIE sin ser residente, por ejemplo para comprar una casa, pero para vivir aquí más de tres meses necesitas el certificado de registro.

¿Cuánto tiempo puedo estar en España sin registrarme?

Como ciudadano de la Unión puedes estar hasta tres meses con tu pasaporte o documento de identidad en vigor. Si vas a quedarte más tiempo, tienes que solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros en el plazo de tres meses desde tu llegada. No hacerlo puede dar lugar a una sanción económica.

¿Necesito un seguro médico privado para registrarme?

Depende de tu situación. Si trabajas en España, la Seguridad Social te da cobertura. Si eres pensionista de otro país de la Unión, normalmente puedes acreditar la cobertura con el formulario de tu país. Si no trabajas ni tienes pensión, tendrás que acreditar un seguro de enfermedad con cobertura completa en España, normalmente privado al principio.

¿Si me registro tengo que declarar la renta en España?

La obligación no depende del certificado de registro, sino de si eres residente fiscal. Lo eres si pasas en España más de 183 días al año o si aquí está el centro de tus intereses económicos. En ese caso declaras aquí tus rentas mundiales. Si también te considera residente tu país de origen, se aplica el convenio para evitar la doble imposición.

¿Y si soy británico?

Desde el Brexit, los ciudadanos británicos ya no son ciudadanos de la Unión. Quienes residían legalmente en España antes de 2021 tienen sus derechos protegidos por el Acuerdo de Retirada y un documento propio. Quienes llegan ahora siguen el régimen general de extranjería, con visados y autorizaciones distintas. Te explico qué opción encaja en tu caso.

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