Abogado en Torrox, Nerja, Torre del Mar & la Axarquía

Profesionales y empresas · Protección de datos

Protección de datos para empresas y autónomos de la Axarquía

Si tu negocio maneja datos de clientes, proveedores o trabajadores, y casi todos lo hacen, te ayudo a cumplir la normativa de protección de datos sin complicaciones innecesarias. Reviso qué datos tratas y para qué, preparo los documentos que necesitas y te explico qué hacer en el día a día. Así tienes tranquilidad tú y la tienen tus clientes.

  • 4,8 · +50 opiniones en Google
  • Colegiado nº 8.108 ICA Málaga
  • +10 años de experiencia
Ordenador portátil con un candado y archivadores con documentación de clientes en una oficina

Qué incluye

Lo que hago por ti

  • Diagnóstico inicial

    Reviso qué datos recoges, por qué canales, con qué finalidad y con quién los compartes.

  • Registro de actividades de tratamiento

    Preparo el documento que describe cada uso que haces de los datos personales, como exige el RGPD.

  • Textos informativos y consentimientos

    Redacto las cláusulas para formularios, contratos, facturas, la web y los correos comerciales.

  • Contratos con proveedores

    Reviso o redacto los contratos de encargado del tratamiento con tu gestoría, informático, alojamiento web u otros proveedores.

  • Videovigilancia

    Te indico cómo instalar y señalizar cámaras en tu local respetando la ley y los derechos de clientes y trabajadores.

  • Derechos de las personas

    Te ayudo a responder solicitudes de acceso, rectificación, supresión u oposición dentro del plazo legal.

  • Brechas de seguridad

    Si pierdes datos o sufres un ataque, te asesoro sobre si debes notificarlo a la Agencia Española de Protección de Datos y cómo.

  • Requerimientos de la AEPD

    Preparo la respuesta si la Agencia te pide información a raíz de una reclamación.

¿Te reconoces?

Situaciones en las que te puedo ayudar

Cuéntame tu caso
  • Tienes una tienda o un restaurante y quieres saber si tus cámaras de seguridad cumplen la ley.
  • Vas a enviar ofertas por correo o WhatsApp a tus clientes y no sabes si necesitas su consentimiento.
  • Una clínica, un gimnasio o una academia de tu propiedad trata datos de salud o de menores.
  • Un cliente te pide que borres todos sus datos y no sabes qué puedes conservar.
  • Te han robado el portátil del negocio con la base de datos de clientes.
  • Has recibido una carta de la Agencia Española de Protección de Datos por una queja.

Cómo trabajo

Paso a paso, sin sorpresas

  1. Consulta inicialMe explicas tu actividad y cómo manejas los datos. Online, por videollamada o en persona.
  2. DiagnósticoIdentifico qué tratamientos haces, qué riesgos tienen y qué documentos o medidas te faltan.
  3. AdaptaciónPreparo los textos, contratos y registros, y te explico qué cambiar en tu forma de trabajar.
  4. MantenimientoRevisamos la adaptación cuando cambias de actividad o de proveedores, de forma puntual o dentro de mi asesoría continuada.

Aunque creas que no, tratas datos personales

Puede que pienses que, por tu tipo de actividad, no manejas datos delicados de clientes o proveedores. Pero, como mínimo, necesitas su nombre, su número de identificación fiscal y su dirección para facturar o recibir facturas. Eso ya son datos personales, y tenerlos te obliga a protegerlos y a cumplir una serie de deberes con sus titulares y con la Administración.

Según tu actividad, puedes llegar a tratar información mucho más íntima: datos de salud, antecedentes penales, relaciones familiares, orientación sexual o creencias religiosas. La ley llama a buena parte de ellos categorías especiales de datos y exige más cuidado para tratarlos.

Qué normas se aplican

La materia está en constante evolución, siempre hacia una mayor exigencia para autónomos y empresas. Hoy la base es el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), una norma de la Unión Europea que se aplica directamente desde mayo de 2018 y que sustituyó al régimen de la antigua ley española de 1999. En España lo completa la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

Si tienes web, tienda online o haces comunicaciones comerciales por correo electrónico o mensajería, también se aplica la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, que regula, entre otras cosas, las cookies y los envíos publicitarios.

Las obligaciones no son iguales para todos. Son más exigentes cuanto mayor es el volumen de datos, cuanto más sensibles son, según los canales por los que los recabas y según para qué los usas.

Las obligaciones básicas

  • Tener una base legal para cada uso de los datos: un contrato, una obligación legal, el consentimiento o un interés legítimo bien justificado.
  • Informar a las personas de quién trata sus datos, para qué, durante cuánto tiempo y cómo ejercer sus derechos.
  • Llevar un registro de actividades de tratamiento. Las empresas pequeñas tienen una exención, pero no se aplica cuando el tratamiento es habitual, lo que en la práctica alcanza a casi cualquier negocio con clientes o empleados.
  • Firmar contratos con tus encargados, es decir, con los proveedores que acceden a datos por cuenta tuya, como la gestoría o el servicio informático.
  • Aplicar medidas de seguridad adecuadas al riesgo y notificar a la Agencia Española de Protección de Datos las brechas que supongan un riesgo para las personas, en un plazo de 72 horas.
  • Atender los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, por regla general en el plazo de un mes.

¿Necesitas un delegado de protección de datos?

El delegado de protección de datos es la persona que supervisa el cumplimiento dentro de la organización. Su nombramiento no depende tanto del tamaño de la empresa como de su actividad. El RGPD lo exige, entre otros casos, cuando la actividad principal consiste en tratar a gran escala categorías especiales de datos o en observar de forma habitual y sistemática a personas. La LOPDGDD añade una lista de sectores obligados, como centros sanitarios, centros docentes, aseguradoras, entidades financieras o empresas de seguridad privada. Te digo si es tu caso.

Situaciones con reglas propias

Las cámaras de videovigilancia, el control de los trabajadores y el uso de sus dispositivos digitales, o el envío de publicidad tienen reglas específicas. Por ejemplo, las imágenes de las cámaras deben borrarse en un plazo máximo de un mes, salvo que sean necesarias para acreditar un hecho grave, y hay que señalizarlas con un cartel informativo.

Si tus colaboradores acceden a datos de tus clientes, revisa también los contratos con colaboradores. Y si quieres que lo mantenga al día de forma continuada, puedo incluirlo en la asesoría jurídica integral.

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Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan

¿No encuentras tu respuesta?

Si tu duda no está aquí, escríbeme o llámame.

¿Un autónomo tiene que cumplir la ley de protección de datos?

Sí, si trata datos de personas físicas en su actividad, como clientes, proveedores autónomos o empleados. Basta con tener sus nombres, teléfonos o direcciones. Las obligaciones se adaptan al volumen y a la sensibilidad de los datos, pero informar, aplicar medidas de seguridad y respetar los derechos de las personas corresponde a todos.

¿Puedo enviar publicidad por correo o WhatsApp a mis clientes?

Depende. Por correo electrónico y medios equivalentes, la ley exige en general el consentimiento previo del destinatario. Hay una excepción para clientes con los que ya tienes una relación, si les ofreces productos o servicios similares a los que te compraron y les das una forma sencilla de darse de baja. Conviene revisar cómo recogiste sus datos.

¿Qué tengo que hacer si pongo cámaras en mi local?

Debes colocar un cartel informativo visible, grabar solo lo necesario para la seguridad y no captar la vía pública más allá de lo imprescindible. Las imágenes se borran en un plazo máximo de un mes, salvo que acrediten un hecho grave. Si las cámaras afectan a trabajadores, debes informarles previamente. Te ayudo a revisarlo.

¿Qué pasa si sufro una brecha de seguridad?

Si la pérdida, el robo o el acceso indebido a datos supone un riesgo para las personas, debes notificarlo a la Agencia Española de Protección de Datos en un plazo de 72 horas desde que lo conoces. Si el riesgo es alto, también a los afectados. Además, debes documentar todas las brechas, aunque no haya que notificarlas.

¿Cuánto cuesta revisar si mi negocio cumple?

Puedes empezar con una consulta online por escrito, por 75 € IVA incluido, con respuesta en 12 a 72 horas laborables, o con una videollamada de 30 minutos por 75 €. También atiendo con cita en Torrox Costa y Nerja. Después te explico qué haría falta para adaptar tu negocio.

Contacto

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