Ficheros de solvencia
Abogado de Servicios a Particulares en la Axarquía
Abogado Especialista en Ficheros de solvencia
Los ficheros de solvencia patrimonial, también conocidos coloquialmente cono ficheros de morosos, son instrumentos que usan los bancos, entidades financieras y otro tipo de compañías, para conocer las posibilidades de impago del cliente cuando solicitamos un préstamo o financiamos una compra.
Puede ser que acabemos dentro de uno de ellos por diversos motivos, con razón o ella, pero lo cierto es que si pretendemos obtener financiación de cualquier tipo de cualquier empresa o banco, lo más probable es que nos sea denegada por ello. Además, ni siquiera tienen que darnos explicaciones sobre por qué se deniega, ni sobre que aparecemos en tal o cual fichero de solvencia.
Si quiere conocer si se encuentra en alguno de estos ficheros de morosos, qué empresa le ha metido allí y cómo puede salir, no dude en contactar con nosotros. Consultamos personalmente los principales ficheros que contienen este tipo de datos (Experian, Asnef, Cirbe, Registro de Impagos Judiciales…) y le indicamos la forma precisa de actuar para solucionar la situación.
Si bien cualquier podemos en un momento dado vernos inmersos en una base de datos de este tipo, también lo es que las empresas que suministran los datos deben cumplir escrupulosamente una serie de requisitos previos para que la incorporación sea válida. Por ejemplo, la deuda deberá ser cierta, líquida, vencida y no litigiosa; debe contemplarse en el contrato que en su día firmamos que nuestros datos podrían ser incorporados a estos ficheros; deben advertirnos previamente de la inclusión, darnos oportunidad de realizar alegaciones…
En caso de que no se cumplieran alguno de los requisitos exigibles, podríamos estar hablando de que han vulnerado nuestro derecho al honor, dado que han publicado en ficheros que mucha gente puede consultar que tenemos problemas para pagar, cuando no tiene por qué se así. Es posible que el impago se deba a un desacuerdo sobre la tarifa aplicada, a un error del banco, a un pago del que no nos informaron…
En caso de entenderse vulnerado el derecho al honor, por ser inexactos o falsos los datos publicados, lo cual pasa más de lo que cabría suponer, los Juzgados son unánimes. La indemnización por dañar nuestro derecho al honor no puede ser simbólica, por ser un derecho fundamental, ni ser tan baja que a las empresas les salga rentable facilitar datos erróneos. Así, vemos continuamente sentencias donde se indemniza con cantidades superiores a los 10 mil euros a personas sobre las que se había reflejado una deuda pendiente de 200.
Recuerde no fiarse de de todo lo que lea en la red, donde pueden prometerse indemnizaciones estratosféricas por cualquier inclusión en un fichero de solvencia. Cuente con un abogado de confianza que le asesore de forma realista y mirando las características de su situación en concreto.