Cláusulas Suelo
Abogado especialista en legalizar viviendas
Cláusulas Suelo
Si usted estuvo pagando una hipoteca para la compra de una vivienda entre principios de los años 2.000 y la actualidad, es muy probable que su banco le deba dinero. Y en cantidades que, según el caso concreto, pueden ser nada desdeñables.
Como casi todo el mundo sabe, se ha venido dando una batalla judicial entre los bancos y los particulares que se sabían afectados. De esta forma, cuestiones como la validez de las cláusulas suelo, o como quién debe pagar los gastos de la hipoteca y otras muchas, hace años que han sido resueltas en favor de los particulares. Otras como el conocido índice IRPH, siguen dando vueltas en el Tribunal Europeo a la espera de un respuesta definitiva.
No obstante, con cuestiones ya superadas y dictaminadas por los Juzgados en favor de los particulares, los bancos siguen resistiéndose a entregar sin más el dinero a aquellos clientes que no lleguen hasta las últimas consecuencias con ellos. Es decir, aquellos que los lleven a juicio.
Y esto es así porque son perfectamente conocedores de que solo un mínimo porcentaje de sus clientes afectados por estas prácticas abusivas llegarán hasta estas últimas consecuencias, de modo que se ahorrarán reembolsar el dinero a todo aquel que no dé el paso, que será la mayoría, desgraciadamente.
Sentado lo anterior, suelen surgir en el cliente una serie de duda al respecto que intentamos resolver a continuación.
¿Cómo puedo saber si mi hipoteca está o estuvo afectada por alguna de estas cláusulas y prácticas abusivas?
La única forma de saberlo a ciencia cierta es a través de un abogado experto que estudie la documentación de nuestro préstamo. Él nos indicará si es el caso, cuál de estas cláusulas se nos ha aplicado y que consecuencias económicas ha tenido en el contrato.
Es altamente recomendable no dejarnos guiar en este asunto por el personal de la entidad bancaria, que siempre nos dirán que nuestro préstamo está en orden o, si no lo está, que ya no podemos reclamar, por tal o cual motivo.
Recuerde siempre que el abogado es un profesional independiente que trabaja para usted, mientras que el trabajador bancario, por más que llevemos toda la vida tratando con él, trabaja para el banco y no para nosotros.
En Montosa Abogado realizamos la revisión de su caso concreto, sin coste para usted y sin compromiso.
¿De qué cantidades estamos hablando? ¿Cuánto podría corresponderme?
Esto siempre dependerá del caso concreto. En qué porcentaje estaba fijado el suelo, de cuánto era la hipoteca, a cuántos años, si tenía bonificaciones… Un abogado o un economista podrán calcularnos la cantidad a reclamar sin problema. También deberá comprobar que se den los requisitos legales para poder reclamar, ya que no toda persona afectada podrá siempre hacerlo, por diversos motivos. En cualquier caso, por mi experiencia podemos hablar desde cantidades modestas, alrededor de 1.000 €, hasta cantidades de 20 y 30.000 €, según la situación de cada persona
Desde luego, la única forma de saberlo a ciencia cierta será ponernos en manos de un experto.
¿Qué riesgos corro si decido iniciar este proceso?
Siempre que se somete una cuestión al criterio de los Tribunales se corre algún riesgo, por mínimo que sea, ya que la decisión final no depende de nosotros sino del Juez.
A pesar de ello y como hemos dicho, estamos ante cuestiones muy claras y superadas en los juzgados en favor de los consumidores, por lo que una vez pasado el filtro del abogado, que será el que nos recomiende dar el paso o quedarnos como estamos, las posibilidades de éxito son prácticamente del 100 %.
¿Qué gastos debería afrontar en caso de iniciar el proceso de reclamación?
En caso de obtenerse una Sentencia favorable, como sucede en la práctica totalidad de los casos, será el banco el que deberá correr con los gastos del juicio, abonando los gastos de los profesionales que intervienen en el proceso (abogado, procurador y normalmente, perito economista).
No obstante, se solicita al cliente el abono de provisión de fondos por importe de 300 € + IVA para los gastos de los profesionales intervinientes. Dicha cantidad es devuelta al cliente al percibir los profesionales sus honorarios del banco, una vez dictada la Sentencia